Por
imposición ilegal de Pacto Colectivo, sindicatos ganan querella presentada
contra el BBVA
Autor: Redacción EL MUNDO
9 de Junio de 2015
Autor: Redacción EL MUNDO
9 de Junio de 2015
Ministerio de Trabajo favoreció la querella interpuesta por los
sindicatos bancarios Uneb y Aceb, la cual sanciona al banco BBVA Colombia tras
comprobar que el Pacto Colectivo que impuso a sus trabajadores es violatorio de
la libertad sindical.
La querella fue
presentada en mayo del año pasado y debió haberse resuelto en septiembre. Se
espera que una vez conocida esta decisión, el banco replantee el uso del pacto
colectivo como estrategia antisindical, señalaron los mencionados sindicatos
bancarios.
El dictamen explica
que el BBVA “ha venido utilizado el pacto colectivo para contener y limitar el
funcionamiento de los sindicatos que allí tienen asiento, lo que desestimula la
afiliación de los trabajadores”.
Por medio del Pacto Colectivo, el banco
disminuyó su membresía, pues se conoció que “hace 8 años, antes de la fusión
del BBVA con el banco Gran Ahorrar, el 40% de los trabajadores estaban
sindicalizados, hoy la tasa es sólo del 22%, con el agravante de que los
jóvenes no se están afiliando, no hay renovación", informó la Escuela
Nacional Sindical, ENS.
Lo que dice el Ministerio de Trabajo.
“En el folio 9 de la resolución
sancionatoria del Ministerio se lee que el BBVA promovió desde un inicio los
cambios a introducir en lo que era antes el Pacto Colectivo de Granahorrar, y
lo hizo mediante una encuesta que fue promovida y pagada íntegramente por el
banco, realizada por la empresa Napoleón Franco, especializada en estudios de
mercadeo.
Después, supuestamente, convocó a los y las trabajadoras para que
escogieran a sus "delegados", y con ellos procede a la elección de
otros " representantes", con los que en un tiempo no determinado en
el texto del pacto se supone que se lograron los acuerdos para construir el
mismo. Es decir, desde su misma constitución el pacto estaba viciado.
En su resolución el Ministerio se ratifica la existencia de una
diferencia entre los beneficios que el banco ofrece en la Convención Colectiva
y los que ofrece en el Pacto, que están por encima. Por ejemplo, a los
trabajadores sindicalizados sólo se les brinda préstamos para bachillerato,
mientras que a los beneficiarios del Pacto se les brinda préstamos para
posgrados. Por concepto de maternidad a las trabajadores el Pacto les otorga
dos horas para lactancia, mientras que en la Convención Colectiva es solo una,
lo que sin duda constituye una discriminación.
Al final, y a manera
de conclusión, la resolución señala: ´Por existir omisión en el cumplimiento
del Art. 481 del CST, y observarse diferencias en las condiciones de trabajo
(obstruir o dificultar la afiliación de su
personal a una organización sindical de las
protegidas por la ley, mediante dádivas o promesas, o condicionar a esa
circunstancia la obtención o conservación del empleo o el reconocimiento de
mejoras o beneficios), lo que estimularía el posible retiro de los miembros del
sindicato, pudiendo suceder que un sindicato que era mayoritario pase a ser
minoritario y hasta con el riesgo de desaparecer´”, según información publicada
por la Escuela Nacional Sindical, ENS.
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